MARCADO CE

 

Todas las puertas deben disponer del Marcado CE el cual representa el nivel mínimo de seguridad que se debe alcanzar para poder comercializar el producto acabado en Europa y garantiza que cumple los requisitos esenciales de seguridad según se establece en  el Reglamento Europeo de Productos de Construcción (UE) Nº 305/2011.

En Metálicas Octavio Serrano S.L. somos una empresa capacitada para la fabricar, instalar y dar servicio de mantenimiento de puertas automáticas cumpliendo el Marcado CE de las puertas, así mismo también para adatar puertas que no dispongan del mismo.

En la web de FEMPA se ha publicado un   listado de empresas  capacitadas y habilitadas para poder fabricar, instalar y mantener puertas industriales, comerciales y de garajes, entre las que se encuentra  METÁLICAS OCTAVIO SERRANO, S.L., como empresa homologada para el Marcado CE

RIESGOS DE UNA PUERTA DE GARAJE SIN MARCADO CE

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¿POR QUÉ DEBERÍA REALIZAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS PUERTAS?

Que es el Marcado CE

El Marcado CE es una exigencia legal imprescindible que establece el cumplimiento de unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad del producto . El Marcado CE para puertas es obligatorio tanto para puertas nuevas que se comercialicen por primera vez, como para puertas ya instaladas , que deban adaptarse.

A que puertas afecta

Afecta a las puertas industriales, que son las que están instaladas en las empresas; alas puertas comerciales, como pueden ser los cierre enrollables en comercios; a las puertas de garaje, que habitualmente se utilizan en una vivienda unifamiliar o en una comunidad de vecinos; y los portones. En esta tipología están incluidas tanto las puertas motorizadas como las manuales.

Responsabilidad

La propiedad, comunidad de propietarios o particulares, debe cerciorarse de que una puerta es conforme al Marcado CE, y ha de conservar y realizar el mantenimiento periódico de las puertas, de acuerdo con las instrucciones facilitadas por el fabricante o instalador, para aseguras unas condiciones óptimas de funcionamiento.

En caso de accidente, e independientemente de las responsabilidad de los fabricantes instaladores y mantenedores de la puerta, el propietario es responsable de los daños que produzcan sus bienes (en este caso, las puertas) y está obligado a realizar las obras necesarias para el adecuado sostenimiento de sus bienes, según el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal